Anexos de la Primera Modificación de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026
El 20 de mayo de 2026 fueron publicados en el DOF los “Anexos 5, 22 y 29 de la Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026, publicada el 14 de mayo de 2026” para entrar en vigor al día siguiente de su publicación, salvo las disposiciones transitorias de las RGCE para 2026.
En este sentido, los cambios que destacan en los citados anexos son los que se indica a continuación:
I. Anexo 5 de las RGCE para 2026
1. El Anexo 5 contempla la “Compilación de criterios normativos y sobre prácticas indebidas en materia aduanera y de comercio exterior”
2. En el apartado A (vigentes), fracción II, inciso a) se deroga el criterio sobre prácticas indebidas de la Ley Aduanera con la clave “5/LA/PI” denominada “Mercancías destinadas al régimen de recinto fiscalizado estratégico. Textiles y calzado”.
Por lo anterior, ahora la clave “5/LA/PI” se lista en el apartado B (derogados), fracción III.
II. Anexo 29 de las RGCE para 2026
1. El Anexo 29 regula las “mercancías que no pueden destinarse a los regímenes: temporal de importación para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación; de depósito fiscal; de elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado y de recinto fiscalizado estratégico”.
2. Se incorpora la fracción III para enlistar de manera adicional las mercancías que no puede destinarse al régimen de recinto fiscalizado estratégico. En este sentido, se contemplan aproximadamente 940 fracciones arancelarias con sus respectivos Nicos, de los capítulos del 50 al 64 y del 94 de la LIGIE.
III. Apéndice 9 “Regulaciones y Restricciones No Arancelarias” del Anexo 22
1. En el apartado de Secretaría de Economía se adiciona la clave del permiso “AL” para el aviso automático de importación de aluminio.
2. Conforme al Segundo Transitorio de las RGCE publicada en el DOF del 14 de mayo de 2026, la adición de la clave AL del apéndice 9 del Anexo 22, entrará en vigor en términos del Transitorio Único del “Acuerdo que modifica el diverso por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior“, publicado en el DOF el 02 de abril de 2026.
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