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Continúan los aranceles para la importación de ciertas mercancías

Continúan los aranceles para la importación de ciertas mercancías

El 23 de abril de 2026 se dio a conocer en el DOF el “Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, y el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial”, en donde de manera general destacan los cambios que se indican a continuación:

A. Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación

  • Se mantiene el incremento de los aranceles de importación para alrededor de 185 fracciones arancelarias de la TIGIE que se habían publicado en el DOF del 22 de abril de 2024 para el periodo del 23 de abril de 2024 al 23 de abril de 2026.
  • Los productos afectados que tendrán un impacto en las importaciones son químicos, cosméticos, papel y cartón, textiles, acero, artes gráficas, manufacturas de aluminio, autopartes, material eléctrico, bicicletas, instrumentos musicales, muebles, entre otros.
  • El aumento arancelario oscila entre las tasas advalorem del 5, 10, 15, 25, 30 y 35% de acuerdo con el producto de importación. De manera ejemplificativa, realizando un comparativo de aranceles se visualizan los aranceles que se indican:
Código Descripción Arancel aplicable del 23 de abril de 2024 al 23 de abril de 2026

 

Reforma LIGIE

23/IV/2026

Arancel vigente a partir del 24/IV/2026

2803.00.02 Negro de humo de hornos. 25% 25%
3909.10.01 Resinas ureicas; resinas de tiourea. 35% 35%
4801.00.01 Papel prensa en bobinas (rollos) o en hojas. 15% 15%
5211.42.04 Tejidos de mezclilla (“denim”). 35% 35%
6907.23.02 Con un coeficiente de absorción de agua superior al 10% en peso. 35% 35%
7304.19.03 Tubos laminados en caliente, sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, incluidos los tubos laminados en caliente barnizados o laqueados: de diámetro exterior superior a 406.4 mm y espesor de pared superior o igual a 9.52 mm sin exceder de 31.75 mm. 35% 35%
8309.90.08 Tapas de aluminio, con una pieza de sujeción colocada sobre la tapa mediante un remache, reconocibles como diseñadas exclusivamente para envases destinados a contener bebidas o alimentos. 25% 25%
9405.61.01 Diseñados para ser utilizados únicamente con fuentes luminosas de diodos emisores de luz (LED). 25% 25%

B. Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial

  • Se mantienen las preferencias arancelarias en la importación de ciertas mercancías al amparo del PROSEC para los sectores industriales que se indican:
Sectores PROSEC Códigos Aranceles
I – Industria eléctrica 7208.39.01, 7208.51.04 y 7211.29.99. Exentos
II, inciso

b – Industria electrónica

7225.19.99. Exento
XIX – Industrias automotriz y de autopartes 7208.26.01, 7208.27.01, 7209.16.01, 7209.17.01, 7211.29.99, 7225.30.91 y 7225.40.91. Exentos

  • Las modificaciones de los aranceles tendrán vigencia el 24 de abril de 2026.

“En TLC Asociados desarrollamos un equipo multidisciplinario de expertos en auditorías y análisis de riesgos para asesorar, implementar estrategias y dar cumplimiento en operaciones de comercio exterior”.

Para más información o comentarios sobre esta publicación contacte a:

División de Consultoría

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Prohibida la reproducción parcial o total. Todos los derechos reservados de TLC Asociados, S.C. El contenido del presente artículo no constituye una consulta particular y por lo tanto TLC Asociados, S.C., su equipo y su autor, no asumen responsabilidad alguna de la interpretación o aplicación que el lector o destinatario le pueda dar.

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