
Acciones de Simplificación para Trámites que se realizan ante la COFEPRIS
El 11 de agosto de 2025 fue publicado en el DOF el “ACUERDO por el que se establecen acciones de simplificación para trámites que se realizan ante la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios” en donde destacan los aspectos que se indican:
1. Eliminan la obligación de presentar de manera física ciertos requisitos, no obstante, la información indispensable contenida en ellos se deberá requisitar en los formatos físicos o en línea, según proceda, para la debida sustanciación de los trámites: (Ver publicación del DOF)
2. Se fusionan los siguientes trámites de acuerdo con lo siguiente: (Ver publicación del DOF)
3. Se establecen los requisitos de los trámites fusionados en el artículo segundo, así como sus homoclaves: (Ver publicación del DOF)
5. Se implementa la reducción de tiempo de resolución para los siguientes trámites: (Ver publicación del DOF)
6. Para la presentación de los trámites y únicamente en caso de acreditar la personalidad por primera vez y modificaciones al representante legal, se deberá presentar el documento que acredite la representación legal para personas físicas o morales, así como la identificación oficial del apoderado o representante legal y de los autorizados.
7. La COFEPRIS no solicitará documentación emitida por la misma, copias simples, ni requisitos adicionales.
8. Los formatos físicos serán publicados en el sitio oficial de la COFEPRIS a partir de la entrada en vigor del Acuerdo.
9. El Acuerdo entrará en vigor a los 180 DH siguientes al de su publicación en el DOF para los trámites que se presentan a través de la Ventanilla Digital, y a los 30 DH siguientes al de su publicación para los trámites que se realicen de manera presencial y que estén vinculados con la importación de productos, medicamentos, dispositivos médicos o muestras destinadas al uso o consumo personal, así como para las Dependencias e Instituciones Públicas que importen insumos para la salud relacionados con la atención del abasto o la prevención de riesgos inminentes a la salud pública.
10. Los trámites ingresados con anterioridad a la publicación del Acuerdo, se resolverán de conformidad con la normatividad aplicable vigente en el momento de su presentación.
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