TLC Asociados
tlc@tlcasociados.com.mx
  • Inicio
  • Conócenos
  • Servicios
    • TLC INFINITI
    • Plataforma Risk Control
    • Auditoría de Cumplimiento T-MEC
    • Acompañamiento en visita domiciliaria y revisiones de gabinete
    • Mantenimiento para empresas IMMEX y PYME
      • IMMEX 360
      • NANO PYME
      • NANO Fit
    • Mantenimiento C-TPAT
    • Auditoría Preventiva y de Cumplimiento
    • Arquitectura Aduanera
    • Certificación IVA/IEPS y Anexo 31
    • Certificación OEA y C-TPAT
    • Impuestos Corporativos
    • Clasificación Arancelaria
    • Trámites y Gestiones en Comercio Exterior y Aduanas
    • Gestoría de Permisos Especiales
    • Soluciones Legales
  • LIBROS
  • T-MEC
  • Boletines
    • Boletines de Cumplimiento
    • Cumplimiento en Comercio Exterior y Aduanas: Puntos Clave
    • Recomendaciones y Tips de Debido Cumplimiento
    • Sección Especial: Se crea la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), conoce los detalles aquí.
      • Consulta los boletines técnicos emitidos por la ANAM
    • Sección Especial: Manifestación de valor: Todo lo que debes de saber a 2022.
    • Sección Especial: CFDI y Complemento Carta Porte: Todo lo que debes saber a 2022.
  • BEE Conocimiento
    • Calendario
  • Medios
  • Blogs
    • Diario de un Fiscalista
    • Compliance 360
  • Contacto

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN VII-P-1aS-1362

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

VII-P-1aS-1362

REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN CUANDO SE CONSIDERA QUE ESTÁ DEBIDAMENTE SEÑALADO SU OBJETO.

El indicar en un requerimiento de información y documentación que se emite con fundamento en el artículo 42, fracción II del Código Fiscal de la Federación, que se revisarán específicamente las obligaciones en materia de comercio exterior relativas a las importaciones realizadas al amparo del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, aunado al hecho de precisar la documentación que se requiere para la revisión, y además vincular todo con las importaciones realizadas en un periodo determinado, son elementos suficientes para considerar que el requerimiento cumple con el mandato constitucional y legal que deriva de los artículos 16 de la Carta Magna y 38, fracción II del Código Fiscal de la Federación, de señalar el objeto de la revisión, dándole plena certeza a la contribuyente de conocer qué es lo que revisará la autoridad.

PRECEDENTE:

V-P-1aS-140

Juicio No. 12864/01-17-08-6/720/02-S1-04-03.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 15 de octubre de 2002, por unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrado Ponente: Jorge Alberto García Cáceres.- Secretario: Lic. Ricardo Arteaga Magallón.

(Tesis aprobada en sesión de 14 de enero de  2003)

R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año III. Tomo I. No. 29. Mayo 2003. p. 327

REITERACIÓN QUE SE PUBLICA:

VII-P-1aS-1362

Juicio Contencioso Administrativo Núm. 4061/14-12-02- 4/227/16-S1-05-04.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 14 de abril de 2016, por unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrada Ponente: Nora Elizabeth Urby Genel.- Secretario: Lic. Arturo Garrido  Sánchez.

(Tesis aprobada en sesión de 14 de abril de  2016).

Search

Nuestros servicios

  • División de Auditoria Preventiva y de Cumplimiento
  • División de Certificaciones OEA-NEEC-CTPAT
  • División de Certificación en Materia de IVA/IEPS y Recinto Fiscalizado Estratégico
  • División de Blindaje Legal
  • División de Consultoría
  • División de Lobbying
  • Gestoría de Permisos Especiales
  • Arquitectura Aduanera
  • Revista TLC
  • Libros TLC

Visitas a la página

contador de visitas javascript

  • Inicio
  • Conócenos
  • Servicios
  • Artículos TLC
  • Boletín Fiscal Aduanero
  • Medios
  • Capacitación
  • Contacto
  • Politica de Privacidad
Copyright © 2024 TLC Asociados