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Rectificación de pedimentos

Rectificación de pedimentos

¿Qué es una rectificación de pedimentos?, ¿Se pueden modificar los datos?, ¿Qué datos son susceptibles a modificación?

La rectificación de pedimento es la modificación a los datos contenidos en el mismo mediante el procedimiento indicado a través de la presentación de otro pedimento de rectificación, el cual se debe transmitir al Sistema Electrónico Aduanero, además de indicar el pedimento que rectifica (clave de pedimento R1).

La rectificación del pedimento la solicita el importador o exportador de la mercancía al representante legal del despacho conforme al Artículo 89 de la Ley Aduanera, asimismo indica que:

  • Podrán rectificar los datos contenidos en el pedimento el número de veces que sea necesario, siempre que lo realicen antes de activar el mecanismo de selección automatizado.
  • Activado el mecanismo de selección automatizado se podrá efectuar la rectificación del pedimento, salvo en aquellos supuestos que requieran autorización del SAT, mediante las reglas.
  • En reconocimiento aduanero o ejercicio de facultades de comprobación hasta que concluyan dichos actos y la autoridad no haya encontrado alguna irregularidad sobre los datos asentados en el pedimento, salvo en aquellos casos que el Servicio de Administración Tributaria lo establezca en reglas. 
  • Cuando la rectificación se efectúe de forma espontánea, no habrá multas.
  • La rectificación no prejuzga sobre la veracidad de lo declarado ni limita las facultades de comprobación de las autoridades.

En caso de que la rectificación requiera autorización deberá revisarse la regla 6.1.1 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022 (RGCE).

Si el RFC que señalaron el pedimento está incorrecto deberás cumplir con lo indicado en la regla 6.1.2 de las RGCE.

Para el supuesto de que sea por acuerdo conclusivo se deberá cumplir con lo establecido en la regla 6.1.3 de las RGCE.

También, puedes solicitar la rectificación del pedimento para solicitar trato arancelario preferencial después de la importación de mercancías como lo establece la regla 6.1.4 de las RGCE.

Asimismo, existen otros supuestos específicos en los cuales puedes realizar la rectificación, como son en pedimentos consolidados, de pedimentos de empresas con revisión en origen, rectificación de las constancias de transferencias, de carta cupo, entre otras.

Es importante que antes de realizar una rectificación identifiquen qué datos están erróneos para que realicen la rectificación en un solo R1 y no realicen diversas rectificaciones de un mismo pedimento.

“En TLC Asociados desarrollamos un equipo multidisciplinario de expertos en auditorías y análisis de riesgos para asesorar y promover el cumplimiento en operaciones de comercio exterior”.

Para más información o comentarios sobre esta publicación contacte a:

División de Debido Cumplimiento

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Prohibida la reproducción parcial o total. Todos los derechos reservados de TLC Asociados, S.C. El contenido del presente artículo no constituye una consulta particular y por lo tanto TLC Asociados, S.C., su equipo y su autor, no asumen responsabilidad alguna de la interpretación o aplicación que el lector o destinatario le pueda dar.

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