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PROGRAMA “SOMOS MEXICANOS” & FRANQUICIA ADUANERA PARA CONNACIONALES

PROGRAMA “SOMOS MEXICANOS” & FRANQUICIA ADUANERA PARA CONNACIONALES

En este espacio identificaremos los beneficios y requisitos que deben de cumplir las personas mexicanas repatriadas al territorio nacional desde los Estados Unidos de América.[1]

1. El beneficio es dirigido para los connacionales repatriados de los EUA, incluyendo los integrantes de una misma familia mexicana.

Asimismo, cuando la persona mexicana repatriada no haya retornado a territorio nacional de manera voluntaria y no le sea posible aplicar directamente esta facilidad, se podrá autorizar a un tercero, el cual deberá realizar los trámites correspondientes ante el INM y la autoridad aduanera.

2. En este sentido, los connacionales podrán importar por única vez las mercancías usadas que se indican:

CantidadMercancías  
1AspiradoraHorno de microondasPurificador de aire
1BatidoraHorno eléctricoRefrigerador
1Cafetera eléctricaLavadoraSandwichera
1Calentador eléctricoLavavajilla o lavatrastosSecadora de ropa
1EstéreoLicuadoraTostador
1EstufaPlanchaWaflera
1Pulidora de pisos para uso domésticoExtractor de jugoPodadora
1Frigobar  
 Herramientas, que fueron indispensables para el desarrollo del oficio o profesión que el mexicano repatriado a territorio nacional de los EUA ejercía en dicho país, siempre que éstas no excedan de un valor de 5,000 USD.  

3. Adicionalmente, los connacionales podrán introducir las mercancías nuevas o usadas que forman parte del equipaje y que deben traer consigo son las siguientes:[2]

CantidadListado de Mercancías
     Bienes de uso personal que sean acordes a la duración del viaje (ropa, calzado y productos de aseo y de belleza, un ajuar de novia; artículos para bebés, tales como silla, cuna portátil, carriola, andadera, entre otros, incluidos sus accesorios).
2Cámaras fotográficas o de videograbación.
 Material fotográfico.
3Equipos portátiles de telefonía celular o de las otras redes inalámbricas.
1Equipo de posicionamiento global (GPS).
1Agenda electrónica.
1Equipo de cómputo portátil de los denominados laptop, notebook, omnibook o similares.
1Copiadora o impresora portátiles.
1Quemador.
1Proyector portátil, con sus accesorios.
2Equipos deportivos personales.
4Cañas de pesca.
3Deslizadores con o sin vela y sus accesorios.
 Trofeos o reconocimientos, siempre que puedan ser transportados común y normalmente por el pasajero.
1Aparato portátil para el grabado o reproducción del sonido o mixto.
2Aparato de grabación o reproducción de imagen y sonido digital.
1Reproductor portátil de DVD.
1Juego de bocinas portátiles, y sus accesorios.
5Discos láser.
10Discos DVD.
30Discos compactos (CD).
3Paquetes de software.
5Dispositivos de almacenamiento para cualquier equipo electrónico.
 Libros, revistas y documentos impresos.
5Juguetes, incluyendo los de colección.
1Consola de videojuegos                  .
5Videojuegos.
1Aparato para medir presión arterial.
1Aparato para medir glucosa o mixto y sus reactivos.
 Medicamentos de uso personal. Tratándose de sustancias psicotrópicas deberá mostrarse la receta médica correspondiente.
 Velices, petacas, baúles y maletas o cualquier otro artículo necesario para el traslado del equipaje.
10Cajetillas de cigarros para pasajeros mayores de 18 años.
 25 puros o 200 gramos de tabaco para pasajeros mayores de 18 años.
3 LitrosBebidas alcohólicas para pasajeros mayores de 18 años.
6 LitrosVino para pasajeros mayores de 18 años.
1Binocular.
1Telescopio.
2Instrumentos musicales y sus accesorios.
1Tienda de campaña y demás artículos para campamento.
 Para los adultos mayores y las personas con discapacidad, los artículos que por sus características suplan o disminuyan sus limitaciones tales como andaderas, sillas de ruedas, muletas, bastones, entre otros.
1Un juego de herramienta de mano incluyendo su estuche, que podrá comprender un taladro, pinzas, llaves, dados, desarmadores, cables de corriente, entre otros.

4. Las mercancías que integran el equipaje de los pasajeros en viajes internacionales tiene la facilidad de no cumplir con las Normas Oficiales Mexicanas.[3]

5. La franquicia aduanera que podrán aplicar los connacionales es la siguiente:

FranquiciaIngreso a territorio nacionalRequisitos
1000 USDCualquier medio de transporteSon acumulables para los integrantes de una misma familia, si éstos arriban a territorio nacional simultáneamente y en el mismo medio de transporte.

6. Las autoridades aduaneras verificarán que las personas mexicanas repatriadas, en lo individual, como integrantes de una misma familia repatriada, o como terceros autorizados, se encuentran registradas ante el INM.

7. La introducción definitiva de vehículos y la internación de cantidades en efectivo, en cheques nacionales o extranjeros, órdenes de pago o cualquier otro documento por cobrar o una combinación de ellos, superiores al equivalente en la moneda o monedas de que se trate a 10,000 USD se realizará conforme a los procedimientos aduaneros previstos en la normatividad.[4]

8. Las mercancías que no formen parte del equipaje o que excedan de la franquicia aduanera deberán someterse a los trámites aduanales, incluyendo los procedimientos simplificados, según corresponda.[5]

“En TLC Asociados desarrollamos un equipo multidisciplinario de expertos en auditorías y análisis de riesgos para asesorar, implementar estrategias y dar cumplimiento en operaciones de comercio exterior”.

Para más información o comentarios sobre esta publicación contacte a:

Ricardo Méndez Castro

División de Consultoría

TLC Asociados SC

ricardo@tlcasociados.com.mx


[1] Cfr. Regla 3.2.11 de las RGCE para 2022.

[2] Cfr. Regla 3.2.3 de las RGCE para 2022.

[3] Cfr. Anexo 2.4.1, numeral 10, fracción I de las RCSE.

[4] Cfr. Reglas 3.5.1 y 2.1.3 de las RGCE para 2022.

[5] Cfr. Artículos 50 y 88 de la Ley Aduanera, y la regla 3.2.2 de las RGCE para 2022.

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