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SOCIEDADES DE AGENTE ADUANAL & LA AGENCIA ADUANAL

SOCIEDADES DE AGENTE ADUANAL & LA AGENCIA ADUANAL

La figura denominada “Agencia Aduanal” fue adicionada en la Reforma a la Ley Aduanera de 2018 que tiene por objetivo “brindar un esquema que permita la continuidad de las inversiones, aun ante la ausencia del agente aduanal por muerte o incapacidad”, tal como lo indica la iniciativa del proyecto de ley.

El nuevo esquema de representación del despacho de mercancías quedo incorporado principalmente en los artículos del 167-D al 167-N de la Ley Aduanera, misma que se dio a conocer en el DOF el pasado 25 de junio de 2018, que tuvo vigencia el 22 de diciembre del mismo año.

Las diferencias que principalmente resultan sobre la conformación de las sociedades son las siguientes:

I. Concepto de Agente Aduanal y la Agencia Aduanal

Agente aduanal Agencia Aduanal
Artículo 159 LA
Es la persona física autorizada por el Servicio de Administración Tributaria, mediante una patente, para promover por cuenta ajena el despacho de las mercancías, en los diferentes regímenes aduaneros previstos en esta Ley.  
Artículo 167-D LA  
Es la persona moral autorizada por el Servicio de Administración Tributaria para promover por cuenta ajena el despacho aduanero de mercancías, en los diferentes regímenes aduaneros previstos en esta Ley.    
  1. El agente aduanal es una persona física y la agencia aduanal es una persona moral, ambos autorizados por el SAT.
  2. Adicionalmente, el agente aduanal tuvo el derecho de constituir sociedades conformadas por mexicanos, así como de poder nombrar un sustituto de agente aduanal, prerrogativas que fueron eliminadas.

II. Derecho del Agente Aduanal y Requisitos de la Agencia Aduanal

Derechos del Agente Aduanal Requisitos de la Agencia Aduanal
Artículo 163, fracción II (derogada), LA  

Constituir sociedades integradas por mexicanos para facilitar la prestación de sus servicios. La sociedad y sus socios, salvo los propios agentes aduanales, no adquirirán derecho alguno sobre la patente, ni disfrutarán de los que la ley confiere a estos últimos.  
Artículo 167-D LA  

Estar constituida como sociedad civil, conforme a las leyes mexicanas y con cláusula de exclusión de extranjeros, debiendo acreditar que el valor de su activo fijo registrado en su contabilidad sea permanentemente superior a $500,000.00. […]

3. En este supuesto, la sociedad de agente aduanal constituidas con anterioridad a la reforma de la Ley Aduanera se continuará aplicando la normatividad aduanera vigente hasta diciembre de 2018, en términos del primer párrafo del tercer transitorio de la Ley Aduanera publicada el 25 de junio de 2018.

A. Sociedades de Agente Aduanal.

  1. El agente aduanal tuvo la prerrogativa de constituir sociedades conformadas por mexicanos, sin mayores limitaciones como ahora se establecen para la sociedad de agencia aduanal.
  2. Los tipos de sociedades mercantiles que frecuentemente han conformado los agentes aduanales son los siguientes:
Sociedad SiglasNormatividad
Sociedad Civil S.C. Código Civil Federal
Sociedad de Recursos Limitados S. de R.L. Ley General de Sociedades Mercantiles
Sociedad de Recursos Limitados de Capital Variable S. de R.L. de C.V. Ley General de Sociedades Mercantiles
Sociedad Anónima de Capital Variable S.A. de C.V. Ley General de Sociedades Mercantiles

B. Sociedades de Agencia Aduanal.

  1. La Agencia Aduanal únicamente podrá constituirse bajo una sociedad civil con cláusula de exclusión de extranjeros cumpliendo con los requisitos establecidos en la Ley Aduanera y demás normatividad aplicable.
  2. Asimismo, de acuerdo con el párrafo segundo del tercer transitorio de la Ley Aduanera publicada el 25 de junio de 2018, cuando el agente aduanal se incorpore a una agencia aduanal, las sociedades constituidas para facilitar la prestación de los servicios inherentes a su patente no podrán volver a utilizarse para prestar servicios aduaneros asociados a una patente de agente aduanal. Por consiguiente, deberá modificar su objeto social, toda vez que la patente aduanal se desincorpora del sistema electrónico aduanero.
  3. El agente aduanal deberá presentar ante las autoridades aduaneras un escrito, bajo protesta de decir verdad, señalando y acreditando esta circunstancia, en un plazo no mayor de cuatro meses contados a partir de su incorporación formal a la agencia aduanal; en caso de no hacerlo, no podrá intervenir en las operaciones de comercio exterior que hubieran sido encargadas a la agencia aduanal, hasta que solvente dicha situación.

III. Obligaciones del Agente Aduanal y Requisitos de la Agencia Aduanal

Derechos del Agente Aduanal Requisitos de la Agencia Aduanal
Artículo 162, fracción XII derogada, LA  

Presentar aviso al Servicio de Administración Tributaria, dentro de los quince días siguientes a aquél en que constituya una sociedad de las previstas en la fracción II del artículo 163 de esta Ley.    
Artículo 167-D LA  


Estar constituida como sociedad civil, conforme a las leyes mexicanas y con cláusula de exclusión de extranjeros, debiendo acreditar que el valor de su activo fijo registrado en su contabilidad sea permanentemente superior a $500,000.00. […]

A.  Requisitos de Autorización de la Agencia Aduanal.

La agencia aduanal deberá cumplir para obtener la autorización del SAT con los requisitos que se indican:

– Constituirse como sociedad civil con cláusula de exclusión de extranjeros. – Cumplir con las obligaciones fiscales.
– Acreditar el valor del activo fijo registrado en su contabilidad sea permanentemente superior a $500,000.00 – Incluir en los estatutos sociales, mecanismos para establecer mejores prácticas corporativas.
– Indicar en el objeto social “la prestación de los servicios del despacho aduanero en los diferentes regímenes aduaneros”. – Contar con solvencia económica, capacidad técnica y administrativa.
– Estar conformada por ciudadanos mexicanos, y por lo menos, un agente aduanal activo. – Contar con equipo de cómputo para realizar operaciones de comercio exterior.
– Solvencia económica, capacidad técnica y administrativa para prestar los servicios. – Contar con los medios de cómputo y transmisión y control de datos.
– Cumplir con los demás requisitos que establezca la normatividad aduanera.  

Adicionalmente, los órganos de administración y vigilancia deberán cumplir las funciones siguientes:

– Vigilar la operación de la sociedad para asegurar el debido cumplimiento. – Emisión de un Código de Ética
– Mantener procesos de transparencia en la administración. – Contar con un procedimiento que contribuya a la continuidad de la sociedad.
– Implementar mecanismos para la identificación, administración y control de riesgos – Asegurar que el modelo de gobierno de la sociedad, contribuya al adecuado y cabal cumplimiento de su objeto social

B. Requisitos de Socios y Representantes Legales.

Artículo 167-D Ley Aduanera

Los requisitos que deberán cumplir los socios de la persona moral, así como el administrador o la persona o personas que tengan conferida la dirección general, la gerencia o la administración de la persona moral son los siguientes:

– Ser ciudadanos mexicanos. – Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
– Contar con solvencia económica.  

En TLC Asociados, desarrollamos un equipo multidisciplinario de expertos en auditorías y análisis de riesgos para asesorar, implementar estrategias y dar cumplimiento en operaciones de comercio exterior.

Mtro. Ricardo Méndez Castro

División de Consultoría

ricardo@www.tlcasociados.com.mx

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